Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jeraquia constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre el goce y ejercicios mas favorables a las establecidas en esta constitucion y en las leyes de la Republica, y son de aplicacion inmediata y directa por los tribunales y demas organos del Podfer Publico.Se Nota en este articulo una colateralidad internacional. Los cual en caso de atropellos la comunidad internacional tiene que actuarl, ya que son convenios firmados y que tienen que ser respetados, porque estan integrados a la constitucion.
Reflexion Cristiana Moral sobre este articulo.
Debemos contemplar que la iglesia y su documentacion eclesial asi como las reflexiones de muchos teologos y moralistas, se preocupan a nivel internacional y tambien a niveles locales de la situacion de los tratados , pactos y convenciones de los derechos humanos. Estos datos los conseguimos en la Inmortali Dei de Leon XIII sobre El estado y el comportamiento cristiano y Moral de quienes gobiernan y de quienes deben ser gobernados. La Conferencia Episcopal a traves del siglo XX y parte del XXI ha tenido reflexiones muy agudas sobre el parecer de los derechos y pactos de los ciudadanos y gobernantesLos documentos de Medellin, Puebla, santo Domingo, Aparecida abordan en cierta manera los problemas de los derechos humanos asi como los pactos, y conveciones relativos a los derechos humanos.Mons. Constantino Maradei Donato en sus libros: Justicia Para mi Pueblo, y Pastoral Rural en Puebla aborda con sistematizacion y agudez el problema de los derechos humanos desde una reflexion teologica desde los dOcumentos de Vaticano II y el Documento de Medellin. El Concilio Plenario de Venzuela y el Catecismo de la Iglesia Catolica reflexionado por Juan Pablo II tambien aborda el papel de los derechos humanos a nivel mundial y sobre todo en el orden de los catolicos.