sábado, 26 de marzo de 2011

Articulo 25 de la Constitucion Bolivariana de Venezuela




Articulo 25 de la cosntitucion Bolivariana de Venezuela:.- Todo acto dicatdo en ejercicio del Poder Publico que viole o menosacebe los derechos garantizados por esta Constitucion y laa ley es nulo; y los funcionarios publicos y funcionarias publicas que lo ordenen o lo ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, segun los casos, sin que les sirvan de excusa ordenes superiores
Reflexion cristiana moral sobre el caso
La reflxion cristiana es que la ley es para todos, asi como Dios tiene una ley del amor para todos, el castigo o la justicia debe estar en el centro. Dios es el unico juez que actua por todo el centro de la ley. Porque seas minsitro o seas juez o seas fiscal no puede caerte la ley, claro que si. La ley mejora el cuerpo social, y limita las acciones delictivas y por eso todos deben respetar la ley desde el pez mas gordo hasta el pez mas pequeño.Segun la la ley del antiguo Testamento esto de la ley hiba en sentido parejo. Ya sabemos que la ley del pueblo del Israel era de 613 leyes, la coswntitucion de Venezuela se queda corta antes tantas leyes. Por eso los actos contra las leyes son nulos, Ya aha habido un si del pueblo que es voz de Dios. La voz del pueblo es la voz de Dios.

3 comentarios:

  1. basado en el 339 y en el 25 estan reconociendo un golpe de estado ( gobierno) en cotra de la constitucion

    ResponderEliminar
  2. basado en el 339 y en el 25 estan reconociendo un golpe de estado ( gobierno) en cotra de la constitucion

    ResponderEliminar