Articulo 19.- El Estado garantizara a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminacion alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdepedediente de los derechos humanos. Su respeto y garantia son obligatorios para los organos del Poder publico, de conformidad con esta constitucion, con los tratados sobre derechos humanos suscrito y ratificados por la Republica y con las leyes que lo desarrollen.
Reflexion cristiana moral sobre este articulo.
La Cosntitucuion Gaudium est espes del vaticano II, habla y exprea el sentir de los derechos humano en todos los niveles. Se supone que los gobiernos deben tener un criterio democratico sobre la leyees para didnificar a la persona humana. Se sabe de que hay tipo de sistemas e ideologias que no respetan los derechos humanos. La iGlesia catolica vela por los derechos humanos.El Documento de Medellin, Puebla, Santo Domingo y Ahora Aparecida hacen su alusion a los derechos humanos. Mons. Maradei en los libros Justicia Para mi pueblo y La pastoral rural aborda la tematica de los Derechos humanos en Venezuela. Tambien el Documento Concilio Plenario de Venezuela aborda la tematica de los Derechos humanos en Vnezuela. En la documentacion del Episcopado Venezolano en ciertos Documentos aborda el tema de los Derechos humanos, para la Iglesia catolica no es un tema ajeno a su mision y apostolado.Por eso el tema de los derechos humanos en la Constitucion de 199 es uno de los caballos de batalla: Las medidas que se toman en contra de las violaciones de los derechos humanos, humillaciones, atropellos, desapariciones, asesinatos, detenciones indebidas, roboas de las propiedades privadas, cultura de la muerte sobn precisas y transparentes en la Constitucion de 1999.
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